LEY QUE REGULA UNIONES DE HECHO. Ley No. 115. RO/ Sup 399 del 29 de Julio de 1982.

     

 DISPOSICIÓN TRANSITORIA

 

Las uniones de hecho que a la fecha de vigencia de la presente Ley reúnan las condiciones del Art. 1, se regirán por ella.

ARTÍCULO FINAL.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.

FUENTES DE LA PRESENTE EDICIÓN DE LA LEY QUE REGULA LAS UNIONES DE HECHO

1.- Ley 115 (Registro Oficial 399, 29-XII-82).